En octubre de 2017, un consumir notó, al finalizar sus compras, que su auto tenía un golpe sobre el lado derecho. Pidió una respuesta en el supermercado pero ante la negativa de las autoridades de la sucursal decidió concurrir a la OMIC para iniciar acciones legales.
El Juzgado de Faltas de General Madariaga confirmó el accionar de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) y sancionó con una multa de $85.000 a al supermercado que no garantizó a un cliente el deber de seguridad que establece la Ley 24.240.
Todo inició cuando un vecino se encontró con su auto dañado -que se encontraba estacionado en el playón de la sucursal- y se acercó a consultar al personal de seguridad, quien le manifiesta no haber visto nada. Luego, se dirigió al encargado de operaciones requiriéndole si podía chequear internamente las cámaras de seguridad para corroborar los hechos sucedidos, pero este se negó.
Ante la falta de respuestas, el hombre fue al área de legales pero le dijeron que allí se ocupaban de las causas en estado judicial; y -por lo tanto- decidió realizar la denuncia en la Oficina Municipal de Información al Consumidor.
Cómo la empresa no pudo demostrar que el daño no ocurrió en el estacionamiento del supermercado, y teniendo en cuenta que en caso de duda la ley favorece al consumidor se resolvió a favor del vecino denunciante.
La titular de la OMIC, Milagros Zannini, explicó que si bien la empresa impugnó la resolución, tuvo que abonar la multa de 85 mil pesos y ahora se espera que el Juzgado Contencioso en los Administrativo para que se obtenga un pronunciamiento definitivo del Juez Competente.