El documento establece que se utilizarán las jornadas institucionales destinadas a capacitación, que se reprogramarán en los períodos de finalización del ciclo lectivo, dentro del período anual de trabajo docente.
Conforme a lo establecido en el acuerdo, los actos escolares se realizarán dentro de la última hora de cada turno de la jornada escolar y sin suspensión de actividades, con excepción de los prioritarios enmarcados en el calendario escolar como el 25 de Mayo, el 9 de Julio y el 11 de Septiembre.
Del mismo modo, se coordinará con los municipios para que adhieran a estas medidas en el caso de los feriados locales.