Requisitos para el trámite y la renovación de la Licencia Nacional de Conducir

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La Municipalidad de La Costa difundió los requisitos y la modalidad de los trámites vinculados a la Licencia Nacional de Conducir.

Todos los trámites se realizan de lunes a viernes, de 8 a 12 horas, en la calle 2 y 68, en Mar del Tuyú. Los días lunes se toman exámenes prácticos de motos y de martes a viernes el resto de los vehículos.

A su vez, a continuación se detalla toda la información para poder tramitar la obtención por primera vez o la renovación de la Licencia Nacional de Conducir en La Costa.

REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR

-DNI (*) con domicilio en el Partido de La Costa. (*) Último DNI conforme normativa del Registro Provincial de las Personas (tarjeta más libreta celeste, en adelante)

-Fotocopia del DNI

-Grupo sanguíneo (expedido por hospital o bioquímico).

-Libre deuda de infracciones (se tramita en la misma oficina de Licencias de Conducir).  En el caso de registrar infracciones de ámbito municipal, deberá dirigirse al Juzgado de Faltas, sito en calle 3 N° 681 de Santa Teresita.

-Sellado fiscal y Certificado de antecedentes de Tránsito (se entregan los formularios al momento de iniciar el trámite y se abona en Bapro).

-Vehículo para examen de manejo (los días de lluvia no se toman exámenes de manejo).

-Examen escrito. Consiste en demostrar conocimientos sobre las reglas fundamentales de circulación, las formas de prevenir siniestros, las actitudes para casos de emergencia y el significado de las señales viales.

-Arancel municipal (varía según el trámite, jubilados y pensionados que acrediten tal condición exentos, se abona en Bapro ubicado en la misma oficina de Licencias de Conducir).

Observaciones

Los menores de 16 a 17 años inclusive, deben presentar la autorización de ambos padres ante el Juzgado de Paz o escribanía. Para el caso de 16 años, solo podrán acceder a la primera categoría de motos. Los de 17 años, podrán acceder a la categoría de motos de hasta 150 c.c. y a la primera de automóviles / camionetas. Los mayores de 18 años, podrán acceder sólo a las clases A y B (categorías para motos, automóviles, camionetas y utilitarios de hasta 3.500 kgs.).

REQUISITOS PARA LA RENOVACIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR

Este trámite se puede realizar 30 días antes y 90 días después del vencimiento, en este último plazo no se encuentra habilitado para conducir.

Requisitos

-DNI (*) con domicilio en el Partido de La Costa. (*) Último DNI conforme normativa del Registro Provincial de las Personas. (Tarjeta mas Libreta celeste, en adelante)

-Fotocopia del DNI

-Licencia de conducir a renovar.

-Fotocopia de la licencia de conducir a renovar.

-Libre deuda de infracciones (se tramita en la misma oficina de Licencias de Conducir). En el caso de registrar infracciones de ámbito municipal, deberá dirigirse al Juzgado de Faltas, sito en calle 3 n° 681 de Santa Teresita.

-Sellado fiscal y Certificado de antecedentes de Tránsito (se entregan los formularios al momento de iniciar el trámite y se abona en Bapro).

-A partir de los 65 años necesitará vehículo para examen de manejo.

-Arancel municipal según período de renovación (se abona en Bapro ubicado en la misma oficina de Licencias de Conducir).

Observaciones

Para renovar Licencias de Conducir de otra localidad y/o Provincia deberá presentar Certificado de Legalidad ORIGINAL de la Municipalidad que otorgó la licencia. Quedan exceptuados de cumplir con este requisito aquellas licencias que han sido tramitadas dentro de la Provincia de Buenos Aires y se encuentren cargadas en el Sistema Centralizado de Emisión de Licencia de Conducir.

IMPORTANTE

El contribuyente debe tener en cuenta que si muda su domicilio al Partido de La Costa y posee una Licencia de Conducir expedida por otro municipio, posee 90 días corridos a partir de la fecha de emisión de su nuevo DNI para gestionar en nuestro municipio el trámite de reemplazo de dicha licencia. Vencidos los 90 días, esa licencia se hallará caduca y será retenida por la autoridad de aplicación. Lo mismo ocurrirá con cualquier dato que presente diferencias entre el DNI y la Licencia de Conducir (Art. Nº 18 -Modificación de datos – Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449).

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