El contador Emiliano Michelutti dio detalles de la realización del trámite de solicitud de devolución de las percepciones ante la AFIP que fue habilitada en los últimos días.
“Cuando cambia el año calendario, AFIP nos habilita a pedir la devolución de las percepciones en ganancias y bienes personales que sufrimos por compra de dólar ahorro o por consumos atados a moneda extranjera como suscripciones, viajes al exterior. Solamente nos van a devolver el Impuesto a las Ganancias que es el 35%”, explicó en diálogo con Costa de Noticias.
El profesional, remarcó que “en términos generales todos pueden pedir la devolución, pero cada uno tiene diferentes vías según la categoría de inscripción en la AFIP, ya sea responsable inscripto, empleado en relación de dependencia o monotributista”.
Para hacer el trámite se necesita contar con CUIT, “la mayoría de las personas no lo tiene porque son empleados en relación de dependencia, entonces deben transformar el CUIL en CUIT”, señaló Michelutti.
A esto le sumó que “también se necesita clave fiscal Nivel 2 en adelante y tener constituido nuestro domicilio fiscal electrónico. Con esos tres requisitos es necesario declarar la sede de la cuenta bancaria donde se van a hacer esos reintegros”.
El contador hizo hincapié en que, si bien el trámite es sencillo “siempre es necesario y recomendable que consulten con un profesional de Ciencias Económicas”.