Condena al asesino del perro Rubio: destacan que fue un fallo inédito

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Tras conocerse la sentencia al sujeto juzgado por la muerte del perro Rubio ocurrida en Mar del Tuyú en 2019, el abogado defensor de los derechos de los animales Mauricio Trigo destacó que se trató de un fallo inédito y dio detalles de lo que representa a futuro.

“Hemos llegado a un punto de inflexión en el proceso penal, un nuevo quiebre real en la Causa Rubio que quizá impulse un cambio en algunos criterios actuales. Primero: la causa ya tiene sentencia y esa sentencia es condenatoria”, explicó.

Según detalló la condena, que debe quedar firme, “es de 1 año y 6 meses de prisión de ejecución condicional (en suspenso); el decomiso del vehículo utilizado para cometer el delito (quizá la parte más trascendente en este caso puntual, algo que se sostuvo desde el mismo inicio de la causa, no por una cuestión económica sino por la jerarquía de valores y derechos en juego); varias reglas de conducta a cumplir; las costas del proceso; y se reconoce a los demás Animales como seres sintientes y con derechos propios; Rubio es mencionado 35 veces en su texto (sólo un dato)”

Acto seguido brindó explicaciones sobre el proceso judicial que se llevó adelante. “La sentencia llegó por medio de lo que se denomina juicio abreviado, es decir, sin debate oral y público. Básicamente consiste en formalizar un acuerdo entre el imputado, su defensa y la fiscalía que interviene, en el que se reconoce la responsabilidad y participación en el hecho, se consiente la calificación legal del delito y la base de los hechos junto a la prueba, y se consiente una pena y su alcance. En ese ‘alcance’, no es habitual que se pongan en discusión las ‘accesorias’ a la pena principal. Mucho menos en este tipo de causas”, señaló.

En este sentido, remarco: “Es que hasta hace no mucho tiempo las causas penales en las que se investigan hechos de violencia hacia los demás Animales (malos tratos y crueldad) concluían, mayoritariamente, con obligaciones de entregar ‘balanceado? (así despectivamente sin detallar siquiera la calidad, por ejemplo), algunas horas de tareas no remuneradas en favor del estado (tareas comunitarias) y algunas otras reglas de conducta”.

Respecto de la condena por la muerte de Rubio hizo hincapié en que “el decomiso en este caso particular y por las características del bien, marca por un lado, que vale más la vida de ‘un simple perro’ que el derecho de propiedad de cualquier humano; y por otro ‘eleva’ las condiciones para medir otros casos haciendo que ya no sea tan fácil o simple acordar entre cuatro paredes la entrega de 2 bolsas de alimento para no recibir condena o para que la prisión no se haga efectiva”.

Por último, consideró: “Solamente hemos transitado una parte más del proceso penal. Pero sin ese proceso penal no existiría el nombre de Rubio en una causa. Sin ese proceso penal no existiría sentencia. Sin ese proceso penal no existiría condena de prisión. Sin ese proceso penal no tendríamos el decomiso del vehículo. Transitar ese proceso penal no fue fácil. Pero, sobre todo, en este proceso penal, estuvimos desde el principio del lado y al lado de Rubio, pidiendo por él y por quienes lo quisieron. En el proceso falta que la sentencia de condena quede firme. En los organismos del estado en general falta mayor compromiso con estas causas. Falta mucho, mucho más. Porque no hay que conformarse, hay que seguir luchando y gritando”.

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