El tamaño mínimo de la letra del texto de la leyenda a consignar no será inferior a 2,5 mm y deberá ser de un color que contraste con el fondo de la factura o ticket.
En caso en los que no conste el texto impreso, se podrá cumplimentar la obligación mediante la colocación de un sello en el anverso.
El director de la cartera local, Claudio Algieri, enfatizó: «Si bien esta norma está vigente desde el año 2009, hemos comprobado que muchos comerciantes locales no están dando cumplimiento a la misma, lo que hace que estén expuestos a sanciones por parte del ente de aplicación, lo cual estamos tratando de evitar».
Los comerciantes y prestadores de servicios del Partido de la Costa que requieran mayor información, podrán hacerlo a:
02246 420614
02246 420788