CLYFEMA detalló que para las facturas con vencimiento anterior al 8 de junio, se suspenderá la fecha de vencimiento, no se emitirán intimaciones de pago y -además- no se procederá al corte del suministro.
En tanto, para las facturas con vencimiento posterior a esa fecha, se aplicará el cuadro tarifario anterior, (encuadrado en la Resolución 243/12).
Sin embargo, aclaró que «si el estado de situación se revierte por las medidas judiciales presentadas por la Fiscalía de Estado, las Distribuidoras Eléctricas tendrán que refacturar de acuerdo a los cuadros tarifarios establecidos en la Resolución 22/16 afectada por medida judicial».