ARBA implementará planes de pago con facilidades

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    Desde el 1° de septiembre, la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires instrumentó programas de regularización con facilidades para cancelar deudas tributarias de todos los impuestos, tanto en instancia judicial como prejudicial. A la vez, permitirá retomar planes de pago caducos y flexibilizará el levantamiento de medidas cautelares.

    El paquete tributario de alivio orientado a contribuyentes y agentes de recaudación comprende deudas de Inmobiliario (Básico y Complementario), Automotores, Embarcaciones Deportivas, Ingresos Brutos y Sellos, y posee las siguientes características:

     

    PLAN DE PAGO PARA DEUDAS QUE NO ESTÁN EN JUICIO

    Para aquellos contribuyentes que tengan deudas en instancia prejudicial de cualquier impuesto bonaerense, estará vigente desde el mes próximo un plan permanente de regularización que ofrecerá una financiación de hasta 60 cuotas.

    Este programa contará con la particularidad de incluir deuda corriente, ya que abarcará tributos

    impagos vencidos al 31 de julio de 2019, y tendrá estas modalidades de cancelación:

    -Contado: sin bonificación

    -En cuotas: con un anticipo del 5% de la deuda y el resto en:

    -3 cuotas sin interés de financiación

    -De 6 a 12 cuotas con un interés sobre saldo del 1,5% mensual

    -De 15 a 24 cuotas con un interés sobre saldo del 2% mensual

    -De 27 a 60 cuotas con un interés sobre saldo del 2,5% mensual

     

    PLAN DE PAGO PARA DEUDAS EN JUICIO

    Respecto de las deudas que ya se encuentran en etapa judicial, ARBA implementará del 1° de septiembre al 31 de diciembre un programa especial de regularización que permitirá financiarlas en hasta 60 cuotas.

    Este plan abarcará al conjunto de los impuestos bonaerenses e incluirá la totalidad de la deuda en juicio que tengan los contribuyentes.

    Además, contará con un beneficio especial, ya que el monto del acogimiento podrá reducirse en hasta un 15% de la deuda judicial (sin afectar capital), puesto que la Provincia reconocerá y se hará cargo de gastos procesales que debe enfrentar el contribuyente, como costas y honorarios de abogados externos.

    Las modalidades de cancelación serán las siguientes:

    -Contado: sin bonificación

    -En cuotas: sin anticipo y el resto en:

    -3 cuotas sin interés de financiación

    -De 6 a 12 cuotas con un interés sobre saldo del 1,5% mensual

    -De 15 a 24 cuotas con un interés sobre saldo del 2% mensual

    -De 27 a 60 cuotas con un interés sobre saldo del 2,5% mensual

     

    POSIBILIDAD DE RETOMAR PLANES CADUCOS

    En forma paralela, ARBA abrirá desde septiembre la posibilidad de retomar planes de regularización caídos por falta de pago, tanto en instancia judicial como prejudicial.

    La medida, que abarcará programas caducos al 31 de julio de 2019, favorecerá a más de 66.000 contribuyentes que podrán cancelar deudas tributarias en condiciones ventajosas.

    El beneficio para quienes adhieran a esta modalidad de cancelación radica en que el monto total a pagar por el programa rehabilitado siempre será inferior a cualquier otra alternativa de regularización de deuda.

     

    FACILIDADES PARA LEVANTAR MEDIDAS CAUTELARES

    Los planes de regularización se complementan con otras acciones de ARBA que flexibilizarán el levantamiento de medidas cautelares. De hecho, a partir del mes próximo, solo con formalizar la adhesión a un plan de pagos los contribuyentes con deudas en instancia judicial podrán levantar embargos de sus cuentas bancarias, sin necesidad de abonar el adelanto del 10% que se exigía anteriormente.

     

    SUSPENSIÓN DE NUEVOS EMBARGOS

    A la vez, entre el 1° de septiembre y el 31 de diciembre de este año, ARBA no trabará nuevos embargos sobre cuentas bancarias y derechos de crédito. Esta medida, según estimaciones del fisco, constituirá un paliativo para casi 58.000 contribuyentes, entre ellos, pymes, microempresas y prestadores de servicios profesionales, que poseen deudas tributarias que se encuentran en proceso de cobro por juicio de apremio.

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