Llegando a la mitad del año, los empleados esperan para cobrar la primera cuota del aguinaldo o Sueldo Anual Complementario.
En este marco, es importante señalar que los empleadores tienen plazo legal para pagarlo hasta el 30 de junio. Sin embargo, existe un período de gracias de cuatro días hábiles para hacerlo. Eso hace recaer la fecha límite el 4 de julio de este año.
En tanto, la segunda parte del SAC puede abonarse hasta el 18 de diciembre, antes de la Navidad y Año Nuevo.
“El importe a abonar en cada semestre será liquidado sobre el cálculo del 50 por ciento de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los dos semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año”, indica la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo.
Eso quiere decir que para el cálculo se toman en cuenta también adicionales como bonos, horas extra y antigüedad.
En caso de que el empleado lleve menos tiempo en su puesto de trabajo, hay una fórmula que permite determinar el monto a cobrar: dividir el salario mensual por doce y multiplicar el resultado por la cantidad de meses trabajados.