Este lunes, el Gobierno nacional publicó el Decreto que desregula el transporte automotor de media y larga distancia con el objetivo, en parte, de bajar los precios de los pasajes.
Según se indicó, la medida generará “beneficios para todos los actores del sector”, y anuncia que se creará un nuevo Registro Nacional del Transporte de pasajeros.
De acuerdo a la normativa, “se podrán establecer libremente los recorridos, vehículos, horarios, precios, duración de los servicios, e incluso los puntos de ascenso y descenso de pasajeros que estén autorizados por la jurisdicción local respectiva”. Para el Gobierno, esto “generará una mayor oferta de servicios y competencia de precios que beneficiará tanto al usuario como a las empresas y transportistas”.
Entre los cambios principales están:
-Se eliminan las clasificaciones: a partir de la nueva reglamentación deja de existir la clasificación vigente que discriminaba servicios públicos, servicios de tráfico libre, servicios ejecutivos, y servicios de transporte para el turismo.
-Registro: además de cambiar su nombre, pasa a ser un registro digital, de libre acceso.
-Apertura total: con el nuevo registro ya no será necesario obtener permisos especiales para cada tramo. Cualquier empresa habilitada para el transporte de personas podrá realizar cualquier tramo con solo estar inscripta en el Registro.
-Uso del parque móvil: las compañías podrán compartir vehículos. También se autorizan unidades más chicas tipo combis como Renault Traffic o Hyundai H1, que podrán prestar servicios interjurisdiccionales.
-No hay plazo del permiso: a diferencia de lo que ocurre hoy, que tiene una vigencia de 10 años, la explotación del servicio público de transporte automotor de pasajeros no tendrá un plazo determinado.
-Inicio de actividades: los transportistas y empresas podrán iniciar sus actividades automáticamente a partir de los 5 días hábiles administrativos de la fecha de su inscripción, que podrá efectuarse en cualquier momento.
En cambio, no se eliminan ni el examen psicofísico ni las capacitaciones de los choferes, aunque se delegarán en las jurisdicciones locales la realización de los mismos con prestadores locales, previa autorización de la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Además, se hace hincapié en que no se reducirá ningún requisito respecto de las medidas de seguridad ya establecidas, que mantendrán su vigencia.