Los viajes en micros de larga distancia suman una nueva exigencia: a partir de una resolución nacional, será obligatorio identificar y registrar el equipaje en todos los servicios interjurisdiccionales del país. La medida apunta a reforzar la seguridad y el control en el transporte de pasajeros.
La normativa establece que las empresas tendrán un plazo de 60 días para implementar sistemas de trazabilidad que permitan vincular cada bulto con su dueño. El cumplimiento será supervisado por la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), que podrá aplicar sanciones ante irregularidades.
El nuevo esquema reemplaza el uso de fajas y marbetes tradicionales por mecanismos digitales o documentales. Entre las opciones habilitadas figuran códigos impresos en los pasajes, códigos QR o electrónicos, registros incorporados a los sistemas de venta y etiquetas generadas por las propias compañías.
La resolución también fija que ningún equipaje podrá ser cargado sin identificación previa. En esos casos, el pasajero no contará con derecho a compensación ante eventuales inconvenientes. Además, las empresas deberán conservar registros para facilitar controles y reclamos.
Frente a pérdidas, extravíos o daños, se mantienen vigentes las indemnizaciones previstas en la legislación actual. El objetivo central de la medida es reducir conflictos, ordenar el traslado de equipaje y brindar mayor transparencia en los viajes de larga distancia.



