48 horas antes y hasta el cierre del acto electoral se prohíbe:
– Realizar actos públicos de proselitismo.
– La emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación del voto del elector.
– La publicación en medios de comunicación -sean estos audiovisuales, de radiodifusión, gráficos, u otros- de resultados de encuestas, sondeos de opinión, pronósticos electorales, así como la referencia a sus datos.
12 horas antes y 3 horas después de finalizado el acto electoral se prohíbe:
– La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.
– Tener abiertas las casas destinadas al expendió de cualquier clase de bebidas alcohólicas.
– A partir de las 00. Los boliches deben estar cerrados. En los bares o restaurantes tampoco se pueden vender bebidas alcohólicas.
Durante el acto electoral y hasta 3 horas después de su finalización se prohíben:
– Los espectáculos populares al aire libre.
– Los espectáculos populares en recintos cerrados.
– Las fiestas teatrales y deportivas.
– Toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.
– Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección.