De acuerdo a la resolución 335, el personal policial que cumpla funciones de «prevención y represión de delitos y contravenciones» tendrá prohibido la portación y utilización de «telefonía celular o dispositivos de audio no provisto institucionalmente».
La norma dispone que serán los titulares de las dependencias policiales quienes deberán disponer las medidas necesarias para el cumplimiento de la orden, al tiempo que deberán bregar porque «el personal a su cargo se encuentre dotado del equipamiento de comunicaciones que requiera el cumplimiento de su función«.
A esta medida se llega porque el ministerio que conduce Alejandro Granados consideró que el uso de estos dispositivos «resulta no solo en un déficit de atención en la prevención y represión de delitos y contravenciones, sino que incrementa los riesgos propios de las funciones que estos desempeñan«.