El Gobierno nacional anunció un bono para las Asignaciones Familiares de entre 3 mil y 10 mil pesos que se abonará en octubre y noviembre.
La medida fue oficializada este miércoles y se trata de un “Complemento Mensual respecto de la Asignación por Hijo” destinado a: “Los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada o pública nacional; beneficiarios de la Prestación por Desempleo; contribuyentes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que tributen en las categorías A, B, C o D, siempre que el ingreso del grupo familiar establecido por el Decreto Nº 1667/12 se encuentre dentro del primer o del segundo rango de ingresos fijado en la Resolución ANSES Nº 174/21 o las que en el futuro la reemplacen”.
De este modo, el bono del Gobierno para personas beneficiarias de las asignaciones familiares que se pagará este mes consistirá en “una suma no remunerativa equivalente a $5.063, para las personas comprendidas dentro del primer rango de ingresos o que tributen en las categorías A, B o C del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes”. A la vez que, aquellas que se encuentran dentro del segundo rango de ingresos o que tributen en la categoría D del RS, recibirán una suma no remunerativa equivalente a $3.415.
Además, desde el Gobierno se informó que en noviembre habrá otro incremento en las asignaciones familiares. Según se dispuso en el decreto publicado este miércoles en el Boletín Oficial, quienes que se encuentren dentro del primer rango de ingresos recibirán una suma equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de $10.126, “incluido el valor general de la Asignación por Hijo”.
Por su parte, a las personas comprendidas dentro del segundo rango de ingresos desde el Gobierno se les abonará una suma equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de $6.830, incluido el valor general de las asignaciones familiares.
A modo de aclaración, el Complemento Mensual se abonará siempre que sus titulares hayan generado derecho al cobro de la Asignación por Hijo y/o de la Asignación por Hijo con Discapacidad y “no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto”, se repuso.