Censo 2022: cuáles son las restricciones que regirán el miércoles

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    Este miércoles 18 se llevará a cabo el Censo 2022 y, según establece la ley 24.254, muchos comercios deberán permanecer cerrados, ya que no estarán habilitados para vender productos ni brindar servicios a lo largo de toda la jornada.

    Según resaltan en las “preguntas frecuentes” de la página oficial del relevamiento del INDEC, entre las 00:00 y las 20:00 del miércoles 18 de mayo no se podrán realizar funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas, espectáculos ni reuniones públicas.

    “Tampoco podrán permanecer abiertos los clubes y comercios de venta de artículos alimenticios”, agrega el texto.

    En rigor, el artículo 2 de la le ley aclara: “Quedan prohibidas hasta las 20 horas del día indicado para la realización del censo las funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas y en general toda clase de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos”.

    “Los restaurantes, confiterías, casas de expendio de bebidas y similares, rotiserías, panaderías y en general todo comercio de venta de artículos alimenticios y de bebidas y clubes permanecerán cerrados hasta la hora indicada”, agrega.

    Los comercios que no se encuentran contemplados dentro del artículo 2 de la norma sí podrán abrir sus puertas este miércoles. Dentro de esta categoría se encuentran hospitales, centros de salud, estaciones de servicio, farmacias y otros locales.

    De esta manera, quienes concurran a trabajar a alguno de estos espacios deberán asegurarse de que un miembro del grupo familiar se encuentre en la vivienda al momento del censo o dejarle a un vecino el comprobante de finalización del cuestionario digital.

     

    MULTAS

    Según el artículo 17 del Decreto 726/2020, todos los habitantes de la Nación están obligados a responder la totalidad de las preguntas incluidas en el Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas.

    A su vez, quienes no contesten en término, falseen o produzcan “con omisión maliciosa” las informaciones necesarias para la estadística y los censos a cargo del Sistema Estadístico Nacional, “incurrirán en infracción y serán pasibles de multa”, según el artículo 15 de la Ley N° 17.622.

    En este marco, en febrero de 2022, el INDEC actualizó los importes de las sanciones económicas previstas a través de la Resolución 35/2022: las mínimas quedaron estipuladas en $1.076,36 y las máximas en $106.799,35.

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