Luego del sorteo para la identificación de la ubicación prevista en el Plan de 44 viviendas realizado el viernes 4 de octubre de 2013 en el Salón de Usos Múltiples del municipio, se presentó el caso de la vecina que había sido beneficiaria a partir del sorteo previo realizado el 4 de diciembre de 2012 y quien, lamentablemente, falleció antes de constituirse como adjudicataria definitiva.
En este sentido, y para evacuar todo tipo de dudas o conjeturas erróneas, el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires (IVBA) envió para poner en conocimiento público la reglamentación vigente, que estuvo publicada en todo momento en la operatoria de inscripción y sorteo. Así el Artículo 1° del Anexo Único Reglamento de Adjudicaciones Plan Financiero y Subsidio de la Resolución 60/2012 del IVBA establece que los beneficiarios deberán: constituir grupo familiar; ser mayor de edad; acreditar ingresos en forma fehaciente; entre otros requisitos.
Graciela Mabel Ogazón, DNI 23.130.801, el grupo familiar de la postulante solo estaba integrado por su hijo menor de 15 años y no presentaba cotitular en la Declaración Jurada. Al producirse el fallecimiento de la misma, se disuelve el grupo familiar quedando un único integrante menor de edad quien no cumple con los requisitos de la resolución citada. Por otra parte, al momento del fallecimiento la beneficiaria del primer sorteo aún no estaba pre-adjudicada, ya que la documentación presentada por ella se encontraba en análisis patrimonial por parte del IVBA y consecuentemente no se había completado el correspondiente proceso establecido en el marco de la operatoria financiada por el Estado Provincial a través del Fideicomiso Financiero constituido para tal fin.